Pasos para inscribir una marca en Guatemala

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Pasos para inscribir una marca en Guatemala

La Ley de Propiedad Industrial y sus Reformas, decreto 57-2000, establece en el artículo 4, que la marca es:

Todo signo denominativo, figurativo, mixto, tridimensional, olfativo, sonoro o mixto, que sea apto para distinguir los productos o servicios de otros similares en el mercado, de una persona individual o jurídica, de los de otra y que pueda ser objeto de una representación gráfica.

Esta definición establece que, cada sociedad, empresa o persona particular puede inscribir una marca que lo caracterice y lo distinga del resto de las marcas que se encuentran en el territorio de Guatemala. Este signo puede ir o no ir acompañado de un logo o diseño, el cual se debe de registrar.

En Guatemala, la entidad encargada registra una marca es el Registro de Propiedad Intelectual, el cual se encuentra ubicado en la 7ª. Avenida 7-61 Zona 4, de la Ciudad Capital, dentro del edificio del Registro Mercantil de Guatemala.

Pasos

El primer paso que se necesita para inscribir una marca es acceder, a la página del Registro de la Propiedad Intelectual y crear un usuario para poder hacer una investigación si la marca que se desea inscribir se encuentra disponible. La página de internet para hacer la búsqueda es https://www.rpi.gob.gt/.

Una vez ingresada a la página, se oprime el botón de consulta a distancia. “E-Consulta, Sistema de Consultas en Línea”.

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Al ingresa a E-Consulta, se ingresa con el usuario si ya se tiene, o se crea uno nuevo. Para ingresar, es necesario crear un usuario, el cual deberá ser creado una única vez.

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Se oprime el botón de Crear una Nueva cuenta de acceso a este sitio y se llenan los datos siguientes:

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Ya llena la información, se ingresa a la sesión con el usuario y contraseña establecidos. Una vez iniciada la sesión, en la esquina superior izquierda se encuentra las búsquedas de las marcas. Para determinar si una marca se encuentra disponible, se presiona el botón de Búsqueda Fonética.

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En Búsqueda Fonética, se cambia el primer tipo de búsqueda a Fonética y no como idéntica, esto en virtud que al buscar de forma fonética, aparecen más marcas con nombre similares a la que se desea inscribir con la finalidad de determinar si la marca existe o existen similares. En la denominación a buscar se agrega el o los nombres de la marca a inscribirse y en la parte inferior se marca todas las clases con la finalidad que la búsqueda sea más extensa. Para efectos prácticos, se utilizará el nombre “Pollo” como registro de marca.

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Para efectos prácticos y meramente ilustrativos, se utilizará el nombre “Pollo” como registro de marca.

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Tal y como se observa, aparecen todos las marcas inscritas o en proceso de inscripción que contienen la palabra pollo. La columna de descripción indica el nombre de la marca, la clasificación (se explicará más adelante) establece en bajo que clasificación está registrada la marca, el registro es el número de registro del Registro de Propiedad Intelectual de la marca y la columna de TR indica el estado de la marca, es decir, si está inscrita o en qué parte del proceso se encuentra la marca.

Una vez se determina que no existe una marca idéntica o similar a la que se desea inscribir, se procede a determinar la clase o clases en la cual se deberá de inscribir la marca. La clase en que se inscribe una marca se base según la clasificación de Niza; dicha clasificación establece 45 tipos de clases, 35 para productos y 10 para servicios. Es de vital importancia mencionar que, una misma marca puede ser inscrita en varias clases, dependiendo de los productos o servicios que la misma ampare.

Cuando se haya determinado la clase en la cual se inscribirá la marca, se procede a llenar un formulario por cada una de las clasificaciones en las cuales se desea ingresar la marca. Para iniciar, se debe de comprar un formulario de inscripción de marca en el Registro de la Propiedad Intelectual. El formulario tiene un valor de Q. 5.00 y consta de tres hojas iguales, una blanca, una rosada y una celeste.

Es sumamente importante indicar que para inscribir una marca, es necesario que un Abogado y Notario activo de Guatemala, firme, selle y timbre el formulario de inscripción de marca.

El formulario debe de ser llenado a computadora o a máquina de escribir. Lo primero que se consigna es el nombre del compareciente, quien puede actuar en nombre propio o en representación de una sociedad o empresa.

Luego se consigna la profesión u oficio, nacionalidad, dirección para recibir notificaciones, teléfono, domicilio, todo esto del compareciente.

Si la persona actúa en representación de una entidad, se identifica el cargo y la entidad que solicita. Si actúa en nombre propio, estas casillas permanecen en blanco.

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Luego, se debe de establecer el nombre de la marca que se procederá a inscribir. Es de suma importancia mencionar que si la marca llevará un logo, se debe de consignar “y diseño” y adjuntar, al formulario 8 copias del diseño. Si la marca conlleva una o varias palabras en idioma distinto al español, estas se deben de traducir al español en la casilla correspondiente. Posteriormente, se marca con una X la casilla de comercio o servicio, dependiendo de la clasificación de Niza que se hubiera elegido (la misma se consigna abajo).

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En cuanto a las casillas 1 y 2, se debe de consignar que productos o servicios amparará la marca en virtud de la clasificación que se hubiera elegido. En la casilla 2, el compareciente debe de renunciar o reservarse derechos, según sea el nombre y diseño de la marca. Finalmente, en la casilla 3, se establece la dirección donde se distribuirá, fabricará, comercializará o prestarán los servicios de la marca.

Finalmente, se marca con una X las casillas pertinentes en cuanto a lo que se acompaña en el memorial. Se debe de acompañar, en caso de ser una entidad, copia del nombramiento. Las reproducciones son en caso que la marca tenga un diseño y se acompaña fotocopia del DPI del compareciente y el comprobante de pago (el cual se debe de realizar en la ventanilla del Registro de Propiedad Intelectual).

Por último se indica el lugar y fecha de la solicitud y la firma del solicitante y del abogado y notario auxiliante.

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Una vez se tiene el formulario y se haya realizado el pago de Q.110.00 se procede a ingresar la marca. El Registro les otorga un número de expediente,por medio de una sticker que se pega en la esquina superior derecha de la copia rosada el formulario que el solicitante ingresa.

Al ingresarse el expediente, el mismo pasa a un examen de fondo y forma, en el cual el Registro de la Propiedad Intelectual analiza si la marca cuentan con los elementos y requisitos para poder ser inscrita. Si la marca no cumple con los requisitos de forma, el Registro le pone un previo a la marca y se le notifica al compareciente para que conteste el mismo. Ahora bien, si la marca cuenta con un problema de fondo, el Registro hace una objeción a la misma y el compareciente debe de contestar la objeción. Si el registro declara sin lugar la contestación, se puede plantear un recurso administrativo en contra de esta resolución.

Si la marca pasa el examen de fondo y forma, el Registro elabora un edicto, el cual el compareciente debe de revisar y notificarse.

Una vez se notifica el edicto, se debe de pagar la publicación del mismo en el Diario Oficial. El edicto sale publicado, existe un período de 2 meses de período de oposición.

Esto quiere decir que, durante este plazo, las personas que consideren que la marca puede generar confusión con alguna marca ya inscrita, pueden hacerlo ver al Registro. Si el Registro declara con lugar la oposición, se debe de iniciar un trámite administrativo.

Luego de transcurrido el plazo de la oposición o si se decreta sin lugar la misma, el Registro emite la orden de pago. El compareciente debe de pagar dicha orden y luego se emite el título definitivo de la marca. La marca se inscribe por un plazo de 10 años y puede ser renovada.

Fuentes:

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