Trámite licencia de portación de armas

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Trámite para obtener la primera licencia de portación de armas de fuego

La Dirección General de Control de Armas y Municiones (DIGECAM) es la entidad encargada de emitir las autorizaciones para la portación de la Licencia de Arma de Fuego.

El permiso para la portación de arma de fuego se puede entregar a los guatemaltecos o extranjeros con residencia permanente o temporal en Guatemala. La licencia de portación de armas puede cubrir hasta 3 armas por persona.

Las armas pueden registrarse previamente a sacar la licencia o de forma simultánea con dicho trámite. La licencia tiene un plazo de vigencia entre 1 a 3 años, pudiéndose renovar.

Para iniciar,

se debe de presentar un formulario de traslado esporádico de arma de fuego, el cual se emite y consigue en el DIGECAM. Luego de este formulario, se presenta el formulario para la solicitud de evaluación de la primera licencia.

Dicho formulario deberá contener, el nombre, dirección, edad, nacionalidad y demás generalidades del solicitante, así como la marca, el calibre, numero de serie y demás características del arma y una declaración jurada que el requirente no padece o ha padecido de enfermedades mentales ni que es desertor del ejército o ha abandonado la policía.

Se le debe de agregar una fotocopia legalizada ante notario del Documento Personal de Identificación y la carencia de antecedentes penales y policiacos.

Del mismo modo, junto con los formularios anteriormente descritos, se debe de presentar el formulario de solicitud de primera licencia de portación de armas de fuego, la cual deberá ir con firma legalizada ante notario, así como una fotografía reciente en blanco y negro, tomada en estudio, de tamaño cédula, sin papel mate y sin lentes. Del mismo modo, es necesario presentar recibo de agua, luz o teléfono en original y copia, certificación de partida de nacimiento con no más de 6 meses y cancelar derecho de evaluación, el cual tiene un costo de Q: 400.00.

presenta la documentación al DIGECAM

Es importante mencionar que el día que se presenta la documentación al DIGECAM, es necesario llevar el arma de fuego con 12 municiones (en caso de pistola, revolver o rifle) y de 8 municiones para escopetas. En cuanto a esta evaluación, primero se realiza un examen teórico en el cual se demuestra que el solicitante tiene conocimiento sobre las armas, la ley, su manejo, entre otras cosas.

Se hace un examen psicológico para confirmar que la persona no representa un peligro para él mismo, su familia o la sociedad. En dado caso la persona no pasara las pruebas, se le informa el porque falló para que pueda mejorar en las pruebas siguientes, mientras tanto, se le deniega el uso del arma.

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Información obtenida de la Dirección General de Control de Armas y Municiones.