La Consulta Popular sobre Belice

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La Consulta Popular sobre Belice

El domingo 15 de abril del 2018 se llevará a cabo en Guatemala una consulta popular en la cual los ciudadanos guatemaltecos podrán emitir su voto sobre el diferendo territorial, insular y marítimo entre Guatemala y Belice.

 

El Inicio

Este conflicto entre Guatemala y Belice inició entre los años de 1783 y 1786, cuando España, quien tenia colonizada a Centroamérica, cedió, por medio de un tratado con Inglaterra, la explotación del área entre los ríos Hondo y Sibún, pero se estableció en dichos tratados que la soberanía de los referidos territorios quedarían a favor de España. Luego, cuando Guatemala se independiza de España y obtiene, como parte de dicha independencia los derechos sobre el Reyno de Guatemala, el cual incluía lo que actualmente es Belice.

Luego, en el año 1859, mientras los ingleses se expandían en el territorio guatemalteco, específicamente entre el Río Sibún hasta el Río Sarstún, Guatemala decide, para frenar dicho avance, firmar el Tratado Aycinena-Wyke, en el cual se cede el área ubicada entre los Ríos Sibún y Sarstún, a cambio de una compensación consistente en la construcción de una vía de comunicación entre Belice y Guatemala.

El tratado nunca se cumplió

En el año 1863, se firmó otra convención entre los países, en la cual se establece que Inglaterra debía pagarle a Guatemala 50,000 libras esterlinas; convenio que tampoco se cumplió. En virtud de ambos incumplimientos, el Organismo Ejecutivo, en el año de 1946, declaró, de forma unilateral, la caducidad de la Convención de 1859 y, por lo tanto, la restitución del territorio de Belice a Guatemala. El 21 de septiembre de 1981, Belice se independiza de Guatemala y establece, como territorio, el acordado en entre Inglaterra y Guatemala del año 1859 y adiciona, asimismo, el listado de cayos e islas adyacentes a su territorio.

 

En virtud de esta independencia, se establece el artículo 19 de las disposiciones transitorias de la Constitución Política de la República de Guatemala, la cual establece que:

 

Belice. El Ejecutivo queda facultado para realizar las gestiones que tiendan a resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice, de conformidad con los intereses nacionales. Todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por el Congreso de la República al procedimiento de Consulta Popular previsto en el Artículo 173 de la Constitución.”

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En el año 1991, el 14 de agosto, la Secretaría de Relaciones Públicas de la Presidencia de Guatemala comunicó que el Presidente reconocía el derecho de Belice a su libre determinación. Asimismo, se estableció que continuarían en negociaciones para resolver, en definitiva, el referendo territorial, ya que Guatemala reconocía el gobierno y la población de Belice, pero no su territorio. Ahora bien, desde 1994, el gobierno de Guatemala y de Belice se encuentran en negociaciones para solucionar este problema.

 

¿Para qué es la Consulta Popular?

La consulta popular tiene como finalidad decidir si Guatemala y Belice utilizan a la Corte Internacional de Justicia para arreglar la diferendo territorial. Con la intervención de la Corte, se busca establecer los límites y fronteras, tanto terrestres como marítimas e insulares entre Belice y Guatemala. Asimismo, al delimitarse el territorio, Guatemala, en caso ganara el caso, obtendría ciertas islas, islotes y cayos, adicional a la porción de tierra y agua que incluye el territorio en discordia.

 

¿Cuál es la pregunta?

¿Está usted de acuerdo que cualquier reclamo legal de Guatemala en contra de Belice sobre territorios continentales e insulares y cualesquiera áreas marítimas correspondientes a dichos territorios sea sometido a la Corte Internacional de Justicia para su resolución definitiva y que ésta determine las fronteras de los respectivos territorios y áreas de las partes?

 

¿Cuáles pueden ser los resultados?

Belice hará su propia consulta popular. Si ambos países votan SI, el diferendo territorial sería resuelto por la Corte Internacional de Justicia. Si unos de los países vota NO, el diferendo no podrá ir a la Corte y las negociaciones entre las partes deberán de continuar.

 

¿Cómo votar?

Si estabas empadronado o te empadronaste antes del 14 de enero, puedes votar en el centro de votación que se te haya asignado. Para votar es necesario únicamente el Documento Personal de Identificación en original del votante.

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FUENTES:

  • Consulta TSE
  • Constitución Política de la República de Guatemala

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