Comité Olímpico Guatemalteco
La Constitución Política de la República de Guatemala considera al deporte como un derecho social importante para la población guatemalteca.
El artículo 92 establece que:
“Se reconoce y garantiza la autonomía del deporte federado a través de sus organismos rectores, Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y Comité Olímpico Guatemalteco, que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, quedando exonerados de toda clase de impuestos y arbitrios.”
El Comité Olímpico Guatemalteco (COG) es la entidad que se encarga, de forma autónoma y con patrimonio propio, de desarrollar, promover y proteger el deporte olímpico con la finalidad de obtener y construir en gestiones de alto rendimiento en los deportista de Guatemala.
Lo anterior lo realiza el COG por medio de la Academia Olímpica. Este órgano fue fundado con la intención de realizar los estudios y eventos de las dependencias olímpicas. Se dedica a la realización e implementación y difusión de la educación olímpica. La Academia Olímpica fue fundada en el año de 1988 por el señor Juan de la Cruz.
El Comité Olímpico se encarga, de organizar la logística de los eventos en los cuales participan los atletas. Entre las distintas justas a las que asisten los atleta guatemaltecos se encuentran los Juegos Centroamericanos, Juegos Centroamericanos y del Caribe, Juegos Olímpicos de la Juventud, Juegos Panamericanos, Juegos Olímpicos de Verano y las Olimpiadas.
Fuentes:
- Constitución Política de la República de Guatemala
- COG