Conoce más sobre las Leyes que protegen el Medio Ambiente en Guatemala

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Conoce más sobre las Leyes que protegen el Medio Ambiente en Guatemala

El proteger el medio ambiente es una obligación tanto del Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional.

Esto lo establece la Constitución Política de Guatemala, la cual en su artículo 97 establece:

 

“El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevengan la contaminación del ambiente y mantenga el equilibro ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.”

 

Existen otros artículos relacionadas con la conservación del medio ambiente.

Por ejemplo:

Artículo 64:

El cual establece que se declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación. Así establece que el Estado debe fomentar la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales.

Artículo 125:

Se declara de utilidad y necesidad pública la explotación técnica y racional de hidrocarburos, minerales y demás recursos naturales no renovables.

Artículo 126:

Reforestación, la cual se declara de urgencia nacional y de interés social la conservación de bosques y la exploración racional de los recursos forestales y su renovación.

Artículo 27:

Todas las aguas son bienes de dominio público. Su uso, goce y aprovechamiento son de interés público.

Como constitucionalmente se manda, el Estado debe de dictar normas necesarias para proteger el medio ambiente.

Un poco de historia

La primera ley en promulgarse fue la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto 68-86 del Congreso de la República. Con ella se creo la Comisión Nacional del Medio Ambiente –CONAMA- que ahora sus funciones fueron reemplazadas por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales –MARN-. El MARN es la entidad del sector público especializada en materia ambiental y la encargada de proteger los sistemas naturales para que se desarrollen.

 

En 1989, mediante Decreto 4.89 se emitió la Ley de Áreas Protegidas, en la cual se creo el Consejo Nacional de Áreas Protegidas –CONAP-, el cual depende de la Presidencia de la República y es el órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas –SIGAP-. Entidades creadas para propiciar y fomentar la conservación y el mejoramiento del patrimonio natural de Guatemala.

 

Luego existen diversas leyes específicas tales como: Leyes de Caza y Pesca, de Hidrocarburos, de Minería, Leu de Declaratoria de la Reserva de Biosfera Maya, Ley de Educación Nacional., Ley de Concientización Ambiental, Ley Forestal, Código de Salud y un Código Penal que incluye los Delitos contra el Medio Ambiente, etc.

 

Fuentes

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