Nueva Factura Electrónica de la SAT
Según el Acuerdo de Directorio No. SAT-13-2018 se crea un nuevo régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
Comprende la emisión, transmisión, certificación y conservación por medios electrónicos de facturas electrónica, notas de crédito y débito, recibos y otros documentos autorizados por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) que la denominan como Documentos Tributarios Electrónicos (DTE).
Desde el 1 de Noviembre
A partir del 1 de noviembre del 2018 la SAT habilitó la posibilidad para que empresas y contribuyentes individuales se inscriban en forma opcional en el régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
¿Qué es el Régimen de Factura Electrónica en Línea?
Es una nueva modalidad para que los contribuyentes puedan emitir facturas y otros documentos tributarios electrónicos (DTE) de forma segura y con autorización en línea.
¿Qué es un Documento Tributario Electrónico?
Es un archivo electrónico que contiene la información de cualquiera de estos tipos de documentos: Factura, factura cambiaria, factura especial, factura de pequeño contribuyente, factura cambiaria de pequeño contribuyente, nota de crédito, nota de débito, nota de abono y recibo.
¿Quiénes son los involucrados?
- Emisor: Es quien emite la factura electrónica u otros documentos tributarios electrónicos (DTE).
- Certificador: ente autorizado por la SAT para revisar y certificar las facturas electrónicas emitidas por el emisor.
- Receptor: Es el que recibe la factura u otro documento tributario (comprador del bien o servicio).
- SAT: Verifica y recibe las facturas electrónicas y otros documentos tributarios certificados para darle validez.
¿Cuál es el proceso de Factura Electrónica en Línea?
- El contribuyente emite el documento con firma electrónica y se envía al certificador de manera automática.
- El certificador recibe, valida y autoriza cada documento y es enviado automáticamente al emisor y a la SAT.
- El emisor la entrega al receptor.
- La SAT verifica cada documento tributario electrónico y la pone a disposición del emisor y receptor para consulta y verificación.
¿Cuáles son los beneficios de utilizarlo?
- Fácil habilitación por medio de la Agencia Virtual de la SAT.
- Autorización inmediata de cada documento.
- Confiabilidad de la información.
- Reducción del uso de papel y otros recursos.
- Verificación de la validez de las facturas electrónicas recibidas a través del Portal SAT.
- Consulta de las facturas electrónicas emitidas/recibidas en la Agencia Virtual.
Principales Diferencias entre FACE y FEL
- En FACE el emisor debe tener Banca SAT y esperar próximo mes para iniciar con la emisión, ahora con FEL el emisor debe tener Agencia Virtual, e iniciar la emisión de inmediato.
- Los GFACE únicamente puede ser personas jurídicas, en FEL los certificadores puedes ser personas jurídicas o individuales.
- Los emisores pueden optar sólo por un GFACE, en FEL los emisores pueden optar por uno o más certificadores y la agencia virtual.
- Los FACE son las modalidad de factura pura en FEL sólo existe la factura electrónica en línea.