Alerta Isabel Claudina

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Alerta Isabel Claudina

Desde agosto del 2018 se implementó un nuevo mecanismo de búsqueda de mujeres desaparecidas en el país.

Las mujeres están expuestas a situaciones de riesgo, por la discriminación de un sistema desigual que fomenta, naturaliza y normaliza comportamientos agresivos hacia las mujeres y principalmente hacia sus cuerpos.

Promedio de 2 mujeres desaparecidas a diario.

A nivel nacional desaparecen un promedio de dos mujeres diarias; así lo reportan las estadísticas registradas en el Ministerio Público, que de enero a mayo del año 2018 contabiliza un total de 287 casos. El departamento con mayor índice es Guatemala con 72, seguido de Alta Verapaz, 21; Sacatepéquez y Escuintla con 18; Quetzaltenango, 16 y San Marcos, 13.

 

Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas

Gracias al Decreto Número 9-2016 del Congreso de la República de Guatemala, se aplicó en todo el territorio nacional se implementó este mecanismo el cual cumple con el principio de celeridad.

El principio de celebridad se entiende como la urgencia y prioridad con que se realicen las acciones de búsqueda inmediatamente después de presentada la denuncia de la desaparición de una mujer, a efecto de lograr su localización y asegurar su integridad, libertad y resguardo.

 

¿Por qué el nombre?

Por dos casos que conmocionaron al país, el caso de María Isabel Veliz de 15 años de edad, un hecho delictivo que cobró su vida en el año 2001 y el caso de Claudina Velásquez, quien también fue víctima de la violencia en el 2005.

Estos dos casos dieron pie a la aprobación de la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas.

 

¿En qué consiste?

Este mecanismo constituye el conjunto de acciones coordinadas, planificadas y articuladas entre las instituciones públicas, equipos locales de búsqueda, autoridades locales, vecinos, cuerpos de bomberos, medios de comunicación, iglesias, organizaciones de mujeres y la sociedad en general que permitan agilizar y lograr la localización y resguardo de las mujeres que se encuentran desaparecidas.

 

Todas las instituciones públicas deben realizar en forma inmediata y urgente las acciones que les sean requeridas.

 

¿Qué se debe presentar al momento de reportar la desaparición?

  • Los datos de identificación que le consten de la mujer desparecida: (una fotografía, nombre, edad, estado civil, documento de identificación, nacionalidad).
  • Información física de la mujer desaparecida (color de tez, color de cabello, color de ojos, estatura, señas, peso, entre otras.

 

Pasos que se siguen:

  1. La desaparición se puede reportar en:

    • Ministerio Público (en cualquier Fiscalía Municipal o Distrital)
    • Policía Nacional Civil
    • Vía telefónica a través del número gratuito de la PNC, 110 y el 1572 del Ministerio Público, que son atendidos 24 horas los 365 días del año.
    • Se debe trasladar información detallada entorno a su desaparición
  2. Acciones inmediatas:

    • Emisión de un boletín para divulgar públicamente.
    • Activación de las rutas internas de cada institución.
    • Coordinación interinstitucional dentro de sus competencias.
    • Instrucción inmediata para la búsqueda y localización de la mujer desaparecida.
    • Conformación de los equipos locales de búsqueda.
  3. Procedimientos internos:

    • La desactivación de la alerta se realizará únicamente documentando la identidad de la persona.
    • El auxiliar fiscal se encargará de la desactivación cuando se compruebe que no se cometió ningún delito.
    • Si se cometió delito, el Ministerio Público continuará con la investigación de los hechos. Se debe iniciar la inmediata persecución penal en contra de las personas responsables.

 

Creación de la Coordinadora Nacional del Mecanismo de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas

Tiene a su cargo la planificación, coordinación, impulsión, ejecución y evaluación de acciones dirigidas a la búsqueda, localización y resguardo inmediato de mujeres desaparecidas. Está conformado por:

  • Ministerio Público (MP)
  • El Ministerio de Gobernación (MINIGOB)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Dirección General de Migración
  • Procuraduría General de la Nación (PGN)
  • Secretaria Contra la Violencia Sexual y Trata de Personas (SVET)
  • Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia
  • Pastoral Social de Alta Verapaz
  • Convergencia Cívico-Política de Mujeres

 

Fuentes:

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