La Carrera Diplomática
La forma de convertirse en Embajador
Guatemala tiene relaciones comerciales, políticas, económicas, humanitarias, entre otros tipos de relaciones internacionales, con otros países. Para esto, el Guatemala designa embajadas en ciertos países con el fin de mejorar las relaciones con dicho país.
La embajada es la representación oficial y más importante que tiene Guatemala en un país. Se encarga de velar y promover las relaciones entre Guatemala y el país en el que se encuentra la embajada.
Las embajadas
Son representadas por un Embajador. Los embajadores son los representantes de Guatemala en el extranjero y son designados, según la Constitución de la República, por el presidente. Esto en virtud del artículo 183, de la Constitución, inciso s, el cual establece que “Son funciones del Presidente de la República: (…) s) Nombrar y remover a los Ministros de Estado, Viceministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia, embajadores y demás funcionarios que le corresponda conforme a la ley (…)” Asimismo, el sistema diplomático es dirigido y administrado por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Poder optar al cargo
Ahora bien, para poder entrar al sistema diplomático, es decir, poder optar al cargo de Embajador, es necesario seguir una carrera diplomática, la cual se regula en la Ley del Servicio Diplomático, decreto Ley 148, el cual establece, en el artículo 8 que “El servicio diplomático será desempeñado por funcionarios de carrera, salvo los casos que esta ley determina.” Esta carrera, según el artículo 11 de dicha ley, establece que, “La carrera diplomática principia con el cargo de tercer secretario y termina con el de embajador extraordinario y plenipotenciario, conforme a la siguiente escala: Tercer secretario; segundo secretario; primer secretario; consejero; ministro consejero; enviado extraordinario y ministro plenipotenciario; embajador extraordinario y plenipotenciario.” Es decir que, según el artículo anterior, la carrera diplomática consiste en 7 puestos, siendo de menor a mayor jerarquía los siguientes:
- Tercer secretario;
- Segundo secretario;
- Primer secretario;
- Consejero;
- Ministro consejero;
- Enviado extraordinario y ministro plenipotenciario;
- Embajador extraordinario y plenipotenciario
Ahora bien, para poder ingresar al servicio diplomático e iniciar la carrera, la cual inicia en el puesto de Tercer Secretario, es necesario, según el artículo 18 y 19 de la Ley de Servicio Diplomático:
- Ser guatemalteco natural por nacimiento u origen
- Ciudadano en pleno goce de sus derechos.
- Ser del estado seglar.
- Poseer al menos el grado de bachiller u otro título o diploma postprimario equivalente.
- No tener antecedentes penales de tal índole que, a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo incapaciten para el servicio.
- Observar y haber observado intachable conducta tanto en público como en privado, la cual deberá comprobarse satisfactoriamente a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores
- Gozar de buena salud.
- No tener defectos físicos que, a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo incapaciten para el servicio.
- No pertenecer ni haber pertenecido a alguna entidad que propugne la ideología comunista o cualquier otro sistema totalitario.
- Poseer título o grado universitario debidamente reconocidos.
Artículo 19
En el último de los puntos, es decir, poseer título o grado universitario debidamente reconocidos, el artículo 19 establece que “Si los estudios universitarios hechos no incluyen las materias especiales para la carrera diplomática, el interesado deberá pasar exámenes sobre las mismas ante tribunales designados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En todo caso el candidato deberá someterse a examen en las materias complementarias que se requieran para el servicio.
El reglamento de la presente ley determinará las materias a que se refiere este Artículo, así como la forma de integrar los tribunales y el procedimiento que debe seguirse para los exámenes.” Es decir, que el diplomático que desee entrar a formar parte de la carrera que no tenga los estudios correspondientes puede, realizar unos exámenes que el Ministerio de Relaciones Exteriores considere pertinentes para poder optar e ingresar a la carrera.
Ascendiendo dentro de la carrera
Los diplomáticos pueden ir ascendiendo dentro de la carrera, para lo cual, el artículo 30 de la Ley establece que: “Para ascender de una categoría a otra dentro de la escala jerárquica del servicio diplomático, se requiere por lo menos dos años de servicios continuos en la categoría desde la cual se efectúa la promoción.” Ahora bien, si existieran 2 diplomáticos que cumplen con el requisito de los 2 años, se tomarán en cuenta los siguientes para elegir quien de los diplomáticos asciende:
1) La mayor capacidad y eficiencia demostrada por el funcionario en el ejercicio de su cargo, a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2) Los méritos y mejores antecedentes personales que consten en la correspondiente hoja de servicios.
3) La cultura general.
4) La antigüedad.
5) A igualdad de las condiciones anteriores, la edad mayor.
Ahora bien, la carrera diplomática puede terminar por renuncia del diplomático en cualquier momento o por separación de parte del presidente de Guatemala por motivos específicos. Finalmente, los funcionarios que se encuentren en servicio, gozarán de un sueldo, el cual será fijado de conformidad con la categoría del funcionario o empleado, así como el costo y demás condiciones de vida en los países donde dichos funcionarios y empleados presten sus servicios.
Fuentes
También te puede interesar:Embajada, Consulado y Cancillería, ¿es lo mismo?