DICABI – Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles

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DICABI

 

Existen 3 entidades en Guatemala donde se debe registrar una propiedad, siendo esto el Primer o Segundo Registro General de la Propiedad, la Municipalidad en la cual se encuentra inscrito el inmueble y la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (DICABI). 

DICABI

Es una dependencia del Ministerio de Economía cuya principal finalidad es la de establecer y mantener un sistema de Valuación Uniforme y Registro Fiscal de los bienes inmuebles. Es decir, su finalidad es que los bienes inmuebles se registren y tengan el mismo valor en los tres registros anteriormente indicados. En caso hayan inmuebles que no estén adscritos a alguna Municipalidad, DICABI es la entidad encargada de administrar el IUSI de dichos inmuebles. 

Otras funciones que cumple dicha entidad es investigar y proponer los valores mínimos por metro cuadrado para la valuación de la tierra y de la construcción; actualizar el registro matricular de los bienes inmuebles de todo el territorio nacional; practicar los avalúos para la compra de bienes inmuebles que sean indispensables para la realización de obras o prestación de servicios públicos del Estado y sus instituciones; aprobar los avalúos privados que sirven de base para la liquidación del Impuesto sobre Herencias, Legados, Donaciones y otros de acuerdo a lo establecido en el Manual de Avalúos, entre otros varios. 

Tal y como se observa en el párrafo anterior, DICABI realiza varios avalúos que ayudan a determinar el valor que un inmueble puede tener, lo cual ayuda a determinar y a generar el pago del IUSI. 

Ubicación

Esta entidad se encuentra ubicada en la zona 1 de la Ciudad de Guatemala, en el Ministerio de Finanzas y entre los trámites que se pueden realizar en dicha entidad se encuentran la actualización matricular de un bien inmueble, los avalúos anteriormente indicados, avisos municipales y más. 

Es importante que al momento de vender o comprar un inmueble, se debe de verificar este registro para, en caso de no estar actualizado, actualizar en DICABI. 

FUENTES

  • Dirección de Catastro y Avalúos de Bienes Inmuebles. Artículo 10, numeral 1, Ley de Acceso a la Información Pública
  • Página oficial de DICABI

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