En mayo de 1972 se eliminó la paridad-oro del Quetzal

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El 10 de mayo de 1972 se eliminó la paridad-oro del Quetzal

 

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial en 1944, un total de 44 países se congregaron en Bretton Woods con el objetivo de establecer las líneas maestras que determinarían el funcionamiento de la economía mundial tras la guerra.

A través de los acuerdos de Bretton Woods se buscaba impulsar la cooperación monetaria, lograr la estabilidad monetaria y proporcionar confianza. Una de las medidas más importantes que se acordaron fue el establecimiento del patrón dólar vinculado al oro. Esto significaba que el dólar iba a ser la moneda de referencia para las restantes divisas, mientras que cada onza de oro se fijaba en un valor de 35 dólares.

En un contexto de inflación mundial, con abundancia de dólares estadounidenses, se convirtieron los dólares en oro, lo que dio lugar a un importante vaciado del oro de la Reserva Federal. En 1971, en la economía estadounidense, el poder adquisitivo del dólar se redujo y se le hizo difícil al gobierno de los Estados Unidos de América, hacer frente a sus obligaciones financieras. 

Para corregir esto

Ese mismo año, el gobierno del presidente Nixon reordenó el sistema monetario internacional de manera unilateral, decretando que suprimía temporalmente la paridad-oro del dólar estadounidense. Nixon ordenó cerrar la ventanilla de cambios de oro por dólares y terminó así con el régimen de libre convertibilidad del dólar y el oro.

Guatemala tuvo que hacer el mismo cambio y el Congreso de la República, a solicitud del Ejecutivo, emitió el Decreto 22-72 el 10 de mayo de 1972 anulando la paridad con el oro.

Se consideró que la alteración del ordenamiento monetario internacional, y en particular el reciente cambio en la paridad-oro del dólar de los Estados Unidos de América, causaría efectos perjudiciales en los precios de los artículos que más afectan a la economía del país, de no modificarse consecuentemente la paridad-oro del Quetzal. Se consideró también que esto constituía la defensa más conveniente de los intereses nacionales ante los fenómenos internacionales indicados y la misma está prevista en el inciso b) del artículo 14 de la Ley Monetaria.

Se hizo necesario en ese momento que la Junta Monetaria contara con bases adecuadas para la determinación de la paridad legal de cambio de las monedas extranjeras, ya que habían surgido otros mercados financieros internacionales, cuya importancia era creciente para la economía guatemalteca.

El Artículo 18 quedó así:

<Artículo 18.— Las paridades legales de cambio de las monedas extranjeras con relación al Quetzal, se determinarán de acuerdo con las siguientes bases:

  1. a) Si se tratare de monedas extranjeras, libre y efectivamente convertibles, ya sea en oro, o en monedas convertibles en oro, o bien de monedas inconvertibles que tengan importancia en la composición de las reservas monetarias internacionales del país, la paridad se calculará sobre la base del equivalente en oro de dichas monedas.
  2. b) En cualquier otro caso, la paridad se calculará sobre la base de las cotizaciones corrientes respectivas en los principales mercados internacionales.

La Junta Monetaria determinará cuando lo estime necesario o a solicitud de parte, cuáles son las monedas extranjeras que tengan más importancia en las transacciones internacionales del país o en la composición de las reservas monetarias internacionales del mismo; determinará y publicará las paridades legales de tales monedas y cuando ocurrieren dudas sobre la paridad legal de cambio de las monedas no incluidas en las publicaciones oficiales, la propia Junta certificará la respectiva paridad legal a petición de cualquier interesado.

Las paridades legales publicadas o certificadas por la Junta Monetaria, tendrán fuerza legal y harán plena prueba.>

Fuentes

  • LópezD. (201914, mayo). ¿Por qué Estados Unidos abandonó el patrón Oro. Economipedia.

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