Posible Arbitraje en contra del Estado de Guatemala

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Posible Arbitraje en contra del Estado de Guatemala

Exploraciones Mineras de Guatemala, Sociedad Anónima, conocida como EXMINGUA, es una entidad encargada de operar un proyecto minero, denominado Progreso VII Derivada

 

Este proyecto se encuentra ubicado en el Municipio de San Pedro Ayampuc, en el Departamento de Guatemala. Esta empresa guatemalteca es una empresa subsidiaria de la empresa estadounidense llamada Kappes Cassiday & Associates, la cual se encarga, desde el año de 1972 al desarrollo, ingeniera y ejecución de proyectos de extracción minera.

EXMINGUA, para poder operar la extracción minera en Guatemala, obtuvo una licencia de explotación minera por el plazo de 25 años, emitida por el Ministerio de Energía y Minas (MEM). Ahora bien, el Centro de Acción Legal, Ambiental y Social de Guatemala (CALAS), una organización no gubernamental de Guatemala presentó un amparo en contra del Ministerio de Energía y Minas (MEM), indicando que se había violado la Convención sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

EXMINGUA suspendió actividades

La Corte Suprema de Justicia otorgó el amparo el 11 de noviembre de 2015. Posteriormente, el 5 de mayo de 2016, la Corte de Constitucionalidad confirmó el amparo provisional dictado por la Corte Suprema de Justicia. En este amparo, la Corte de Constitucionalidad indicó que el Estado debía de realizar consultas a las comunidades locales. Ahora bien, al otorgar el amparo, EXMINGUA fue obligado a suspender sus actividades a pesar que el Estado de Guatemala era el encargado de realizar la consulta con a los pueblos indígenas.

En virtud de la suspensión de operaciones emitida por el Amparo dictado por la Corte de Constitucionalidad, EXMINGUA y la empresa estadounidense, Kappes Cassiday & Associates, citando el Capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana, envío una carta al Estado de Guatemala indicando su intención de iniciar un arbitraje solicitando el pago de la indemnización por lo daños ocasionados en virtud de dicha suspensión. El pago de la indemnización podría aumentar al monto de 300 millones de dólares que tendría que pagar el Estado de Guatemala.

 

FUENTES:

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